ANUNCIO SOBRE LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA.CÁDIZ
ANUNCIO
Por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión de carácter ordinaria celebrada el día nueve de marzo de 2016, en su punto 5º.-, se adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO 5º.- PROPUESTA DE LA ALCALDÍA SOBRE LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE FICHEROS DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA (CÁDIZ)
El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones Públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.
La entrada en vigor del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal, aprobado mediante el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, ha introducido, a través de los artículos 53 y 54, algunas novedades en cuanto a la forma y contenido de la disposición, destacando la necesidad de especificar el sistema de tratamiento del fichero, pudiendo ser automatizado, no automatizado o parcialmente automatizado.
Esta Alcaldía-Presidencia, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y a fin de cumplimentar lo establecido en el artículo 20 de la mencionada Ley, así como del artículo 52 del Reglamento de desarrollo de la misma.
Una vez dictaminado el expediente favorablemente por la Comisión Informativa Sectorial en sesión de carácter ordinario celebrada el día 3 de marzo de 2016.
Se eleva al Pleno de la Corporación la siguiente propuesta de acuerdo:
PRIMERO: Aprobar la creación delos ficheros incluidos en el ANEXO I de este acuerdo, en cumplimiento del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y el artículo 54.1 de su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.
SEGUNDO: Disponer que losficheros incluidos en el ANEXO II de este acuerdo creados por disposiciones generales anteriores, se adapten a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del citado anexo, de acuerdo a lo especificado en el art. 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999.
TERCERO: Los ficheros que se recogen en los anexos de este acuerdo, se regirán por las disposiciones generales e instrucciones que se detallen para cada uno de ellos, y estarán sometidos, en todo caso, a las normas legales y reglamentarias de superior rango que les sean aplicables.
CUARTO: En cumplimiento del artículo 55 del Reglamento de desarrollo de la Ley 15/1999, los ficheros serán notificados para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos en el plazo de treinta días desde la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.
Los ficheros del Ayuntamiento de Paterna de Rivera serán los contenidos en los anexos de este acuerdo.
QUINTO: Facultar a la Alcaldía-Presidencia para la ejecución del presente acuerdo.
SEXTO: El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz.”
Lo que se hace público para su conocimiento y efecto.
En Paterna de Rivera, a 10 de marzo de 2016
EL ALCALDE PRESIDENTE EL SECRETARIO-INTERVENTOR
Alfonso Caravaca Morales Antonio Aragón Román
(FIRMADO EN EL ORIGINAL)
Leer y ver ANEXO I y ANEXO II en el apartado de la web Tablón de Anuncios y en el Ayuntamiento.