ANUNCIO OFICIAL
Por Resolución de Alcaldía nº 2019-0420 de fecha 24 de abril de 2019, se adoptó el siguiente acuerdo:
“EXPEDIENTE Nº: 2616/2018
DECRETO DE ADJUDICACIÓN CONTRATO DE MENOR DE OBRAS “PROYECTO ADECUACIÓN PLAZA DE HERMANDADES” ACTIVA Y SERVICIOS INTEGRALES.
Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera (Cádiz)
En Uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Visto que con fecha 15-02-2019 se adjudica, a Francisco Guerrero Leal, la ejecución del Proyecto de obra “Adecuación de plaza de las hermandades” por importe de 33.057,85 € IVA: 21,00 %, (6.942,15 €), Importe total: 40.000,00 €, y por el procedimiento del contrato menor. Como mejora se suministrará y se instalará por cuenta del contratista: - Tobogán León. - Balancín Ballena - Sube y baja caballito.
Visto que en fecha 17 de abril de 2019 se presenta escrito de desistimiento por parte del adjudicatario
Visto que median Decreto de alcaldía, de fecha 24-04-2019, se acepta el desistimiento solicitado.
Visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en relación a los contratos de obras
Visto lo dispuesto en el artículo 118.3 de la LCSP que regula la tramitación de los contratos menores en los siguientes términos:
1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.
En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. Asimismo, se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.
2. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
3. En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará el cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo 168.a).2º
4. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.
Visto el informe de necesidad de la contratación, así como el informe de control financiero mediante el cual se comprueba que no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de 15.000,00 €.
Visto lo anteriormente expuesto, la siguiente oferta que consta en el expediente más ventajosa corresponde a Activa y servicios integrales
De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de Ley 9/2017, de contratos del sector público.
En vista de los antecedentes anteriormente mencionados, RESUELVE:
PRIMERO: Adjudicar el contrato menor de obras, según oferta presentada, a Activia y servicios integrales, con CIF (B72001282), medio de notificación electrónica: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it., para la ejecución del Proyecto “Adecuación de plaza de las hermandades” por importe de 33.057,76 € IVA: 21,00 %, (6.942,13 €), Importe total: 39. 999,89 €
Como mejora se suministrará y se instalará por cuenta del contratista:
- Balancín delfín
- Columpio doble
- Sube y baja caballito.
- Cartel indicativo área de juego
SEGUNDO: Autorizar y Disponer el gasto por un importe de 39.999,89 €, con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente.
TERCERO: Notificar el presente acuerdo a los/as interesados/as y a la Tesorería Municipal.
CUARTO: Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión de carácter ordinario que se celebre.
QUINTO: Publicar la información relativa a este Contrato conforme a lo dispuesto en el artículo 63.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
(FIRMADO EN SU ORIGINAL)