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EL ABONO SOCIAL DE TELECOMUNICACIONES

Disfrutar de un servicio de telefonía fija es un derecho para todos. Y es que se encuentra en la Carta de Derechos de los Usuarios de los Servicios de Telecomunicaciones Electrónicas.

El Abono Social de Telecomunicaciones o telefónico, recogido en el artículo 29 de dicho documento, es descrito como un plan de precios destinado a pensionistas y jubilados con una bonificación en el servicio de la línea fija.

El Abono Social también forma parte del Servicio Universal. El Servicio Universal es un conjunto de servicios básicos de telecomunicaciones del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital y en el que se recoge aquellos servicios de comunicaciones de los que todos los usuarios deben disfrutar con calidad y a un precio asequible.

El Abono Social de Telecomunicaciones surge como un derecho dentro de los servicios de Telecomunicaciones que el Gobierno considera básicos para los ciudadanos: telefonía fija y conexión a una red con capacidad de banda ancha de 1 Mbps.

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NOMBRADO EL JURADO QUE HA DE REGIR EL XVII CONCURSO DE COREOGRAFÍA DE PATERNA DE RIVERA, 2018

Por resolución de Alcaldía se ha nombrado el Jurado que ha de regir el XVII Concurso de Coreografía de Paterna de Rivera, con el siguiente Literal:

EXPEDIENTE: 1658/2018


Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Paterna de Rivera, en uso de las atribuciones que le están conferidas, dicta el siguiente:


D E C R E T O:


De acuerdo con las bases de la convocatoria del XVII Concurso de Coreografía, de Paterna de Rivera, aprobadas por resolución de Alcaldía de fecha 06 de julio 2018, y siendo necesario el nombramiento del jurado que ha de dirimir el fallo de la presente edición de este concurso.

En consonancia con lo anteriormente expuesto, RESUELVE:

PRIMERO: Nombrar como miembros del jurado del XVII Concurso de Coreografía de Paterna de Rivera, a:

PRESIDENTE:
Antonio Pérez Mariscal

VOCALES:
Francisco Domínguez Casas
Juana María Giraldo Torrejón
Luís Marabot Medina
María Isabel Ruano Sánchez
Daniel Sánchez Moreno

SECRETARIO:
José López Doblas

SEGUNDO: Lo que se hace público a efectos de que los participantes puedan formular recusación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

En Paterna de Rivera, con firma electrónica.

 

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