ANUNCIO
CONVOCATORIA DEL PLAN MUNICIPAL DE INCLUSIÓN SOCIOLABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA, AÑOS 2016-2019, PARA PERSONAS EN RIESGO DE EXCLUSIÓN SOCIAL
La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 18 de enero de 2018 ha aprobado la convocatoria del año 2018 del Plan Municipal de Inclusión Sociolaboral del Ayuntamiento de Paterna de Rivera años 2016-2019, para personas en riesgo de exclusión social, que quedaron excluidos o no lo solicitaron en la convocatoria inicial año 2016:
CONVOCATORIA INICIAL Se anuncia la correspondiente convocatoria para que todas las personas interesadas puedan formular las correspondientes solicitudes.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el día 26 de enero de 2018 hasta las 14:00 horas del día 26 de febrero de 2018
LUGAR DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES: En el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas admitidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
INFORMACIÓN: Toda la información consta en las normas que se adjuntan en ANEXO I
En Paterna de Rivera, con firma electrónica
EL ALCALDE-PRESIDENTE, EL SECRETARIO-INTERVENTOR EN COMISIÓN CIRCUNSTANCIAL,
Alfonso Caravaca Morales Rogelio Jesús Navarrete Manchado
(FIRMADO EN SU ORIGINAL)
ANUNCIO
Por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión de carácter ordinaria celebrada el día dos de enero de 2018, en su punto 3º.-, se adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO 3º.- EXPEDIENTE DECLARACIÓN DE INNECESARIEDAD DEL AVANCE DE PLANEAMIENTO
Visto el informe técnico emitido por el Servicio de Asistencia Municipal de la Diputación de Cádiz recibido en fecha 21 de septiembre del año 2017, en el que se estudian los ámbitos en los que existe una mayor densidad de edificaciones ubicadas en suelo no urbanizable, considerándose que no pueden considerarse asentamientos urbanísticos, de conformidad con lo estipulado en la Norma 3ª de la Orden de 1 de marzo de 2013, por la que se aprueban las Normativas directoras para la Ordenación Urbanísticas en desarrollo de los artículos 4 y 5 del Decreto 2/2012, de 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Visto asimismo el informe del Delegado territorial previo al acuerdo de innecesaridad del avance de Planeamiento para la identificación de asentamientos urbanísticos y hábitats rural diseminado en el suelo no urbanizable del Término Municipal Paterna de Rivera, en donde se considera que ninguno de los asentamientos dispersos en el suelo no urbanizable cuenta con los requisitos necesarios para ser considerados asentamientos urbanísticos de acuerdo con la Normativa Directora aprobada por Orden de 01 de marzo de 2013 en desarrollo del Decreto 2/2012, 10 de enero, por el que se regula el régimen de las edificaciones y asentamientos existentes en suelo no urbanizable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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