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MUJERES AL BORDE DE UN ATAQUE DE ÓPERA

Continuamos las actividades organizadas con motivo del 8 M, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER, en este caso con una obra de teatro dirigida al alumnado del IES Paterna que se desarrolló el pasado martes en nuestra caseta municipal.
 
La obra que aborda las múltiples violencias hacia la mujer que se manifiestan en el maor posesivo, la discriminación, la desigualdad económica... a través del mundo de la Ópera en la que heroínas como Carmen pagan con su vida el atrevimiento de luchar por su libertad y por su forma de amar.
Continuamos las actividades organizadas con motivo del 8 M, DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER, en este caso con una obra de teatro dirigida al alumnado del IES Paterna que se desarrolló elpasado martes en nuestra caseta municipal.
 
La obra que aborda las múltiples violencias hacia la mujer que se manifiestan en el maor posesivo, la discriminación, la desigualdad económica... a través del mundo de la Ópera en la que heroínas como Carmen pagan con su vida el atrevimiento de luchar por su libertad y por su forma de amar.
 
Esta actividad se enmarca dentro del Programa "VIVAS Y LIBRES" de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación de Cádiz.
 
Esta actividad se enmarca dentro del Programa "VIVAS Y LIBRES" de la Fundación Provincial de Cultura de la Diputación de Cádiz.
 
 
 

Decreto 2019-0174, de fecha 15 de febrero de 2019, Adjudicación Contrato Menor de Obra" Proyecto Adecuación Plaza de Hermandades " a Francisco Guerrero Leal

EXPEDIENTE Nº: 2616/2018

 

DECRETO DE ADJUDICACIÓN CONTRATO DE MENOR DE OBRAS “PROYECTO ADECUACIÓN PLAZA DE HERMANDADES” A FRANCISCO GUERRERO LEAL

Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera (Cádiz)

En Uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Con fecha 08-01-2019, por Decreto de Alcaldía nº 2019-0012 se adjudicó, a Construcciones Torres Reviriego S.L. con CIF B-11226453, la ejecución del Proyecto de obra “Adecuación de plaza de las hermandades” por importe de 33.057,85 €   IVA: 21,00 %, (6.942,15 €), Importe total: 40.000,00 €

En fecha 07 de febrero de 2019 se presenta escrito del desistimiento por parte del adjudicatario Construcciones Torres Reviriego S.L, aprobado por Decreto de Alcaldía nº 2019-0154, de fecha 11 de febrero de 2019.

Visto lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público en relación a los contratos de suministro

Visto lo dispuesto en el artículo 118.3 de la LCSP que regula la tramitación de los contratos menores en los siguientes términos:

  1. Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado inferior a 40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de contratos de suministro o de servicios, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 229 en relación con las obras, servicios y suministros centralizados en el ámbito estatal.

En los contratos menores la tramitación del expediente exigirá el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato. Asimismo, se requerirá la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura correspondiente, que deberá reunir los requisitos que las normas de desarrollo de esta Ley establezcan.

  1. En el contrato menor de obras, deberá añadirse, además, el presupuesto de las obras, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran. Deberá igualmente solicitarse el informe de las oficinas o unidades de supervisión a que se refiere el artículo 235 cuando el trabajo afecte a la estabilidad, seguridad o estanqueidad de la obra.
  2. En el expediente se justificará que no se está alterando el objeto del contrato para evitar la aplicación de las reglas generales de contratación, y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el apartado primero de este artículo. El órgano de contratación comprobará el cumplimiento de dicha regla. Quedan excluidos los supuestos encuadrados en el artículo 168.a).2º
  3. Los contratos menores se publicarán en la forma prevista en el artículo 63.4.

Visto el informe de necesidad de la contratación, así como el informe de control financiero mediante el cual se comprueba que no se está alterando el objeto del contrato para evitar las reglas generales de contratación y que el contratista no ha suscrito más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra de 15.000,00 € 

Visto lo anteriormente  expuesto, se adjudica la mencionada obra a la empresa de Francisco Guerrero Leal, por ser el candidato con mejor puntuación obtenida de las ofertas presentadas

De acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Segunda de Ley 9/2017, de contratos del sector público.

En vista de los antecedentes anteriormente mencionados, RESUELVE

PRIMERO: Adjudicar el contrato menor de obras, según oferta presentada, a FRANCISCO GUERRERO LEAL, con domicilio en C/Segirilla nº 17, de Paterna de Rivera (Cádiz) para la ejecución del Proyecto “Adecuación de plaza de las hermandades” por importe de 33.057,85 €   IVA: 21,00 %, (6.942,15 €), Importe total: 40.000,00 €

 

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

Contrato Servicios Grabación, Edición, Mezclas y Masterización del Trabajo Musical de Domingo Perniles y la posterior fabricación de 300 CD,S, a la Asociación Cultural y Artística "Antonio Alemania" (Gest 481-2019)

EXPEDIENTE Nº: 481/2018

DECRETO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GRABACIÓN, EDICION, MEZCLAS Y MASTERIZACIÓN DEL TRABAJO MUSICAL DE DOMINGO PERMILES Y LA POSTERIOR FABRICACIÓN DE 300 CD, S

 Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera (Cádiz)

En Uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 

Visto lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público donde se establece que son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. 

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Contrato Suministro de Material para el Servicio de Ayuda a Domicilios (Gest 617-2019

   

DECRETO DE ALCALDÍA.

 

Visto el expediente de para la tramitación y adjudicación del CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL PARA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA.

 

En uso de las competencias que me confiere la Legislación vigente y en concreto la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, RESUELVO:

 

PRIMERO. Aprobar el expediente para la contratación del suministro de material para el Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera, así como los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, para su adjudicación mediante procedimiento abierto simplificado con tramitación abreviada, con el criterio de adjudicación del precio más bajo, y con un presupuesto base de licitación para la vigencia del contrato, sin incluir prorrogas, que asciende a la cantidad de 1.487,60 € más 312,40 €, correspondientes al 21% de IVA, lo que supone un total de 1.800,00 €.

 

SEGUNDO. Autorizar el gasto correspondiente que comporta el presente contrato y anunciar la licitación pública en el perfil del contratante de este Ayuntamiento y en la Plataforma del Sector Público del Estado. Se establece un plazo de diez días para la presentación de proposiciones, contados desde el día hábil siguiente a la publicación del anuncio correspondiente.

 (FIRMADO EN SU ORIGINAL)

Bando Instalación de Atracción de Feria con Carácter Ocasional en el Recinto Ferial, Feria y Fiesta de Primavera 2019 (Gest698-2019)

BANDO

del

Alcalde de Paterna de Rivera

INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DURANTE LA FERIA Y FIESTAS

DE LA PRIMAVERA DE 2019

Con motivo de la celebración de la Feria y Fiestas de Primavera 2019, que tendrán lugar durante los días 13, 14, 15, 16 y 17 de Junio de 2019, por medio del presente se comunica que hasta el próximo día 30 de abril 2019, se podrán presentar en el Ayuntamiento, las solicitudes para la instalación con carácter ocasional de ATRACCIONES RECREATIVAS en el recinto ferial (actividades recreativas de carácter ocasional, enmarcadas en el epígrafe II.3. del Decreto 78/2002 de 26 de febrero –BOJA núm. 37 de 30 de marzo de 2002.

Con el fin de regular la expedición de las preceptivas autorizaciones municipales que han de ser otorgadas por este Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el DECRETO 195/2007, DE 26 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL Y EXTRAORDINARIA –BOJA núm. 137 de 12 de julio de 2007-, así como, con el objeto de salvaguardar la seguridad de los concurrentes, tanto las personas físicas como las jurídicas interesadas en realizar las citadas actividades deberán acogerse a las siguientes normas para :

NORMAS DE INSTALCIÓN DE  ATRACCION RECREATIVA EN EL RECINTO FERIAL. 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

-Solicitud de autorización de carácter ocasional para la instalación de atracción recreativa en el recinto ferial.

-Copia DNI del/la propietario/a de las atracciones.

-Proyecto de instalación realizado por personal técnico competente que deberá contener como mínimo la siguiente información: Descripción del aparato, que ha sido montado bajo la supervisión del técnico firmante, que se ha probado el correcto funcionamiento de la misma, y que está en las condiciones adecuadas de seguridad para su puesta en funcionamiento (en los términos del art.6 del Decreto 195/2007).

-Certificado Técnico Anual Vigente.

-Copia de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y justificante de pago de la prima , conforme al Decreto 109/2005, de 26 de Abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, (BOJA nº 92, de 13 de mayo de 2005).

- Certificado de instalación eléctrica de baja y tensión.

- Documento acreditativo del abono de las tasas por ocupación del dominio público.

UNA VEZ INSTALADAS, SE HA DE PRESENTAR:

-Certificado de seguridad y solidez realizado y suscrito por personal técnico competente, y visado por el colegio profesional correspondiente acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, así como autorización de instalación eléctrica de baja tensión, realizada por instalador autorizado.

A estos efectos, dado que el Ayuntamiento ha de comprobar que la atracción recreativa cumple con todas las condiciones técnicas exigibles de acuerdo con la normativa vigente, las atracciones has de estar completamente instaladas con una antelación mínima de dos días hábiles, con respecto al inicio de la actividad o espectáculo público autorizado.

 

Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán atendidas bajo ningún concepto.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, quedando totalmente PROHIBIDO instalar ATRACCIONES DE FERIA sin autorización municipal.

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

                                  

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