Bando Instalación de Casetas con Carácter Ocasional en el Recinto Ferial, Feria y Fiesta de Primavera 2019 (Gest 698-2019)
BANDO
del
Alcalde de Paterna de Rivera
INSTALACIÓN DE CASETAS DURANTE LA FERIA Y FIESTAS
DE LA PRIMAVERA DE 2019
Con motivo de la celebración de la Feria y Fiestas de Primavera 2019, que tendrán lugar durante los días 12, 13, 14, 15 y 16 de Junio de 2019, se comunica que hasta el próximo día 30 de abril de 2019, se podrán presentar en el Ayuntamiento, las solicitudes para la instalación con carácter ocasional de casetas en el recinto ferial para el ejercicio de la actividad recreativa de hostelería y esparcimiento en establecimientos públicos eventuales, conforme al Decreto 78/2002, de 28 de febrero.
Con el fin de regular la expedición de las preceptivas autorizaciones municipales que han de ser otorgadas por este Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el DECRETO 195/2007, DE 26 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL Y EXTRAORDINARIA –BOJA núm. 137 de 12 de julio de 2007-, así como, con el objeto de salvaguardar la seguridad de las personas asistentes, tanto las personas físicas como las jurídicas interesadas en realizar las citadas actividades deberán dar cumplimiento a las siguientes
NORMAS DE INSTALACIÓN DE CASETAS DE FERIA EN EL RECINTO FERIAL.
- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
-Solicitud de autorización de carácter ocasional para la instalación de casetas en el recinto ferial.
- Copia DNI del/la solicitante.
-Proyecto de instalación realizado por personal técnico competente, que verse sobre el cumplimiento de las condiciones de seguridad (en los términos del art 6 del Decreto 195/2007)
-Copia de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y justificante de pago de la prima , conforme al Decreto 109/2005, de 26 de Abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, (BOJA nº 92, de 13 de mayo de 2005).
-Plan de Emergencia y autoprotección.
-Documento de solicitud de autorización de cada una de las instalaciones eléctricas, gas ventilación, climatización, de que disponga la caseta, a la Delegación Provincial de la Consejería competente de la Junta de Andalucía. Deberá aportar original o fotocopia autenticada-
- UNA VEZ INSTALADAS, SE HA DE PRESENTAR:
-Certificado de seguridad y solidez realizado y suscrito por personal técnico competente, y visado por el colegio profesional correspondiente acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, así como autorización de instalaciones expedido por la Delegación Provincial competente y realizado por instalador autorizado.
A estos efectos, dado que el Ayuntamiento ha de comprobar que el establecimiento público eventual cumple con todas las condiciones técnicas y ambientales exigibles de acuerdo con la normativa vigente, las casetas han de estar completamente instaladas con una antelación mínima de dos días hábiles, con respecto al inicio de la actividad o espectáculo público autorizado.
Los titulares de las casetas de feria, deberán de tener siempre disponible al servicio de las inspecciones municipales la siguiente documentación:
-Carnet de manipulador de alimentos para todos los que, aunque sea de forma esporádica, estén en contacto con los mismos
-Lista de precios.
-Hoja de reclamaciones.
-Deberá vigilarse las limitaciones de acceso, aforo y permanencia en el establecimiento.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán atendidas bajo ningún concepto.
Lo que se hace público a los efectos oportunos, quedando totalmente PROHIBIDO instalar CASETAS DE FERIA sin autorización municipal.
(FIRMADO EN SU ORIGINAL)