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Contrato Servicios Grabación, Edición, Mezclas y Masterización del Trabajo Musical de Domingo Perniles y la posterior fabricación de 300 CD,S, a la Asociación Cultural y Artística "Antonio Alemania" (Gest 481-2019)

EXPEDIENTE Nº: 481/2018

DECRETO DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA GRABACIÓN, EDICION, MEZCLAS Y MASTERIZACIÓN DEL TRABAJO MUSICAL DE DOMINGO PERMILES Y LA POSTERIOR FABRICACIÓN DE 300 CD, S

 Alfonso Caravaca Morales, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera (Cádiz)

En Uso de las competencias atribuidas en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. 

Visto lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público donde se establece que son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. 

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Contrato Suministro de Material para el Servicio de Ayuda a Domicilios (Gest 617-2019

   

DECRETO DE ALCALDÍA.

 

Visto el expediente de para la tramitación y adjudicación del CONTRATO DE SUMINISTRO DE MATERIAL PARA EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE PATERNA DE RIVERA.

 

En uso de las competencias que me confiere la Legislación vigente y en concreto la Disposición Adicional Segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, RESUELVO:

 

PRIMERO. Aprobar el expediente para la contratación del suministro de material para el Servicio de Ayuda a Domicilio del Excmo. Ayuntamiento de Paterna de Rivera, así como los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas, para su adjudicación mediante procedimiento abierto simplificado con tramitación abreviada, con el criterio de adjudicación del precio más bajo, y con un presupuesto base de licitación para la vigencia del contrato, sin incluir prorrogas, que asciende a la cantidad de 1.487,60 € más 312,40 €, correspondientes al 21% de IVA, lo que supone un total de 1.800,00 €.

 

SEGUNDO. Autorizar el gasto correspondiente que comporta el presente contrato y anunciar la licitación pública en el perfil del contratante de este Ayuntamiento y en la Plataforma del Sector Público del Estado. Se establece un plazo de diez días para la presentación de proposiciones, contados desde el día hábil siguiente a la publicación del anuncio correspondiente.

 (FIRMADO EN SU ORIGINAL)

Bando Instalación de Atracción de Feria con Carácter Ocasional en el Recinto Ferial, Feria y Fiesta de Primavera 2019 (Gest698-2019)

BANDO

del

Alcalde de Paterna de Rivera

INSTALACIÓN DE ATRACCIONES DURANTE LA FERIA Y FIESTAS

DE LA PRIMAVERA DE 2019

Con motivo de la celebración de la Feria y Fiestas de Primavera 2019, que tendrán lugar durante los días 13, 14, 15, 16 y 17 de Junio de 2019, por medio del presente se comunica que hasta el próximo día 30 de abril 2019, se podrán presentar en el Ayuntamiento, las solicitudes para la instalación con carácter ocasional de ATRACCIONES RECREATIVAS en el recinto ferial (actividades recreativas de carácter ocasional, enmarcadas en el epígrafe II.3. del Decreto 78/2002 de 26 de febrero –BOJA núm. 37 de 30 de marzo de 2002.

Con el fin de regular la expedición de las preceptivas autorizaciones municipales que han de ser otorgadas por este Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el DECRETO 195/2007, DE 26 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL Y EXTRAORDINARIA –BOJA núm. 137 de 12 de julio de 2007-, así como, con el objeto de salvaguardar la seguridad de los concurrentes, tanto las personas físicas como las jurídicas interesadas en realizar las citadas actividades deberán acogerse a las siguientes normas para :

NORMAS DE INSTALCIÓN DE  ATRACCION RECREATIVA EN EL RECINTO FERIAL. 

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

-Solicitud de autorización de carácter ocasional para la instalación de atracción recreativa en el recinto ferial.

-Copia DNI del/la propietario/a de las atracciones.

-Proyecto de instalación realizado por personal técnico competente que deberá contener como mínimo la siguiente información: Descripción del aparato, que ha sido montado bajo la supervisión del técnico firmante, que se ha probado el correcto funcionamiento de la misma, y que está en las condiciones adecuadas de seguridad para su puesta en funcionamiento (en los términos del art.6 del Decreto 195/2007).

-Certificado Técnico Anual Vigente.

-Copia de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y justificante de pago de la prima , conforme al Decreto 109/2005, de 26 de Abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, (BOJA nº 92, de 13 de mayo de 2005).

- Certificado de instalación eléctrica de baja y tensión.

- Documento acreditativo del abono de las tasas por ocupación del dominio público.

UNA VEZ INSTALADAS, SE HA DE PRESENTAR:

-Certificado de seguridad y solidez realizado y suscrito por personal técnico competente, y visado por el colegio profesional correspondiente acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, así como autorización de instalación eléctrica de baja tensión, realizada por instalador autorizado.

A estos efectos, dado que el Ayuntamiento ha de comprobar que la atracción recreativa cumple con todas las condiciones técnicas exigibles de acuerdo con la normativa vigente, las atracciones has de estar completamente instaladas con una antelación mínima de dos días hábiles, con respecto al inicio de la actividad o espectáculo público autorizado.

 

Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán atendidas bajo ningún concepto.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, quedando totalmente PROHIBIDO instalar ATRACCIONES DE FERIA sin autorización municipal.

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

                                  

Bando Instalación de Casetas con Carácter Ocasional en el Recinto Ferial, Feria y Fiesta de Primavera 2019 (Gest 698-2019)

BANDO

del

Alcalde de Paterna de Rivera

INSTALACIÓN DE CASETAS DURANTE LA FERIA Y FIESTAS

DE LA PRIMAVERA DE 2019

 

Con motivo de la celebración de la Feria y Fiestas de Primavera 2019, que tendrán lugar durante los días 12, 13, 14, 15 y 16 de Junio de 2019, se comunica que hasta el próximo día 30 de abril de 2019, se podrán presentar en el Ayuntamiento, las solicitudes para la instalación con carácter ocasional de casetas en el recinto ferial para el ejercicio de la actividad recreativa de hostelería y esparcimiento en establecimientos públicos eventuales, conforme al Decreto 78/2002, de 28 de febrero.

Con el fin de regular la expedición de las preceptivas autorizaciones municipales que han de ser otorgadas por este Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el DECRETO 195/2007, DE 26 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL Y EXTRAORDINARIA –BOJA núm. 137 de 12 de julio de 2007-, así como, con el objeto de salvaguardar la seguridad de las personas asistentes, tanto las personas físicas como las jurídicas interesadas en realizar las citadas actividades deberán dar cumplimiento a las siguientes

NORMAS DE INSTALACIÓN DE CASETAS DE FERIA EN EL RECINTO FERIAL.

- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

-Solicitud de autorización de carácter ocasional para la instalación de casetas en el recinto ferial.

- Copia DNI del/la solicitante.

-Proyecto de instalación realizado por personal técnico competente, que verse sobre el cumplimiento de las condiciones de seguridad (en los términos del art 6 del Decreto 195/2007)

-Copia de la Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y justificante de pago de la prima , conforme al Decreto 109/2005, de 26 de Abril, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, (BOJA nº 92, de 13 de mayo de 2005).

-Plan de Emergencia y autoprotección.

-Documento de solicitud de autorización de cada una de las instalaciones eléctricas, gas ventilación, climatización, de que disponga la caseta, a la Delegación Provincial de la Consejería competente de la Junta de Andalucía. Deberá aportar original o fotocopia autenticada-

- UNA VEZ INSTALADAS, SE HA DE PRESENTAR:

-Certificado de seguridad y solidez realizado y suscrito por personal técnico competente, y visado por el colegio profesional correspondiente acreditativo del cumplimiento de las condiciones técnicas y de seguridad, así como autorización de instalaciones expedido por la Delegación Provincial competente y realizado por instalador autorizado.

A estos efectos, dado que el Ayuntamiento ha de comprobar que el establecimiento público eventual cumple con todas las condiciones técnicas y ambientales exigibles de acuerdo con la normativa vigente, las casetas han de estar completamente instaladas con una antelación mínima de dos días hábiles, con respecto al inicio de la actividad o espectáculo público autorizado.

Los titulares de las casetas de feria, deberán de tener siempre disponible al servicio de las inspecciones municipales la siguiente documentación:

-Carnet de manipulador de alimentos para todos los que, aunque sea de forma esporádica, estén en contacto con los mismos

-Lista de precios.

-Hoja de reclamaciones.

-Deberá vigilarse las limitaciones de acceso, aforo y permanencia en el establecimiento.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán atendidas bajo ningún concepto.

Lo que se hace público a los efectos oportunos, quedando totalmente PROHIBIDO instalar CASETAS DE FERIA sin autorización municipal.

 

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

 

 

Bando Instalación de Chiringuitos, Feria y Fiesta de Primavera 2019 (Gest 698-2019)

 

BANDO

del

Alcalde de Paterna de Rivera

INSTALACIÓN DE CHIRINGUITOS (BAR-QUIOSCO) DURANTE LA FERIA Y FIESTAS

DE LA PRIMAVERA DE 2019

 

Con motivo de la celebración de la Feria y Fiestas de Primavera 2019, que tendrán lugar durante los días 12, 13, 14, 15 y 16 de Junio de 2019,   se comunica que hasta el próximo día 30 de abril de 2019, se podrán presentar en el Ayuntamiento, las solicitudes para la instalación con “CHIRINGUITOS” que consisten en la celebración con carácter extraordinario de la realización de la actividad de bar-quiosco (III.2.8.e del Decreto 78/2002 de 26 de febrero –BOJA núm. 37 de 30 de marzo de 2002 -)

Con el fin de regular la expedición de las preceptivas autorizaciones municipales que han de ser otorgadas por este Ayuntamiento, en virtud de lo dispuesto en el DECRETO 195/2007, DE 26 DE JUNIO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS CONDICIONES GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS DE CARÁCTER OCASIONAL Y EXTRAORDINARIA –BOJA núm. 137 de 12 de julio de 2007-, así como, con el objeto de salvaguardar la seguridad de los concurrentes, tanto las personas físicas como las jurídicas interesadas en realizar las citadas actividades deberán acogerse a las siguientes normas:

 NORMAS DE INSTALACIÓN DE CHIRINGUITOS

- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

-Presentar solicitud de autorización de carácter extraordinaria que contendrá los siguientes datos: nombre o razón social, domicilio y persona responsable, tipo de actividad con indicación de hora y lugar de celebración.

- A la solicitud deberá acompañarse, la siguiente documentación:

  • Copia DNI del/la solicitante.
  • Certificado de seguridad y solidez del establecimiento, y en su caso proyecto de adecuación del local, acreditativo de las condiciones técnicas adecuadas para la celebración de los mismos, que garanticen la seguridad, higiene, condiciones sanitarias y accesibilidad para las personas en los términos del art. 11 del Decreto 195/2007, de 26 de junio antes mencionado.
    • Póliza de seguro responsabilidad civil de acuerdo con el artículo 4 y 6 del Real Decreto 109/2005, de 26 de abril. Será requisito indispensable que la póliza esté en vigor para la fecha de la celebración, para lo que deberá presentarse copia de la misma, y del recibo del abono de dicha póliza conforme al Decreto 195/2007 de 26 de junio.
    • Abono con carácter previo de la correspondiente tasa por la tramitación de la instalación de chiringuitos (BOP 21 de diciembre de 2012 núm. 244) por importe de 120€. 

En todos los casos se fija el día 30 de abril de 2019, COMO ÚLTIMO DÍA DE ADMISIÓN DE SOLICITUDES. Es condición indispensable para la tramitación de la solicitud que la documentación requerida esté totalmente completa. 

Las solicitudes que se presentasen fuera de plazo no podrán obtener la autorización para la celebración, ante la imposibilidad material de la revisión técnica por parte del Ayuntamiento. La no obtención de resolución previa a la celebración de la actividad impedirá el ejercicio de la actividad. 

En consecuencia, y para general conocimiento, se hace saber que queda prohibido la instalación de CHIRINGUITOS para la realización de la actividad de BAR-QUIOSCO en establecimientos o instalaciones, que no sean de espectáculos públicos y actividades recreativas que no se ajusten a los requisitos exigidos en la legislación vigente y carezcan de la correspondiente autorización municipal.

 

(FIRMADO EN SU ORIGINAL)

 

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